SE RECIBIO, la minuta presentada en forma verbal por el Concejal Carlos Denis, expresa: guarda relación con una preocupación, hoy exactamente hace un mes que toque este tema con relación a la situación de la empresa Gallo S.R.L., que se encuentra ejecutando una obra sin la aprobación de los planos, no es que tengamos algo contra la empresa; al contrario, aplaudimos con beneplácito que empresas vengan a instalarse en Capiatá, pero siempre estando acorde a las exigencias de las Ordenanzas el cual rigen en el municipio de Capiatá, hay una construcción de obra que habíamos hablado, ya se hizo la notificación para que paren las obras, hicieron caso omiso y yo no voy a ser responsable el día de mañana en el hipotético caso de que pueda ocurrir cualquier situación, por alguna imprudencia nuestra de que no toquemos este tema, entonces, solicitar a la Intendencia Municipal, a través de la Dirección de Obras, todos los antecedentes que guardan relación a la construcción sin la aprobación de los planos, al Juzgado de Faltas y a la Asesoría Jurídica y adonde corresponda deslindando cualquier al Juzgado de Faltas y a la Asesoría Jurídica y adonde corresponda deslindando cualquier responsabilidad del Legislativo Comunal, este Legislativo deslinda cualquier responsabilidad con relación a la ejecución de la obra situada en el sector de la ruta PY 02, Km. 27, haciendo caso omiso a una Resolución de esta Junta Municipal; el Concejal Luis Garcete, expresa: al solo efecto de acompañar la minuta planteada por el Colega Concejal Carlos Denis en todos sus términos, y si me permite quisiera ampliarla incluyendo a la empresa Fortis, ubicada en el Km. 18,500 de la ruta PY 02, que presenta una problemática con respecto a la falta de desagüe pluvial, actualmente no está lloviendo, pero cuando llueva grande volveremos a ver el problema sobre ruta PY 02, no puede ser que una empresa venga a imponernos, siendo nosotros muy exigentes con la gente de menores recursos, las empresas grandes vienen y hacen lo que quieren, el caso de Gallo S.R.L., tiene una notificación, pero sigue trabajando irregularmente, nadie está en contra de estas empresas, pero es necesario que se adecúen a las normas, así como lo hace la gente humilde, entonces no tiene razón de ser las ordenanzas, yo también deslindo toda responsabilidad, muchas veces ya tocamos el tema de Gallo, de Fortis y creo que hay que darle un punto final, y que la Presidencia de la Junta Municipal solicite al Ejecutivo Municipal la pre liquidación de la multa impuesta a la empresa Gallo S.R.L.; el Concejal Oscar Barreto, expresa: me adhiero plenamente a lo manifestado por el colega Carlos Denis en lo que concierne a la responsabilidad de este Cuerpo Colegiado, donde solicito que expresamente conste en Acta que este Cuerpo Colegiado no tiene ninguna responsabilidad con relación a la no aprobación de los planos, teniendo en cuenta que en su oportunidad ellos no han acercado las documentaciones que son exigidas para el efecto de la aprobación del plano, sin embargo a tambor batiente están llevando inaudita parte de la construcción del local que está ubicado en el Km. 27 de la ruta PY 02, no nos respetan como autoridades, porque las Direcciones de la Municipalidad no cumplen su función, no se constituyen en los lugares, no labran Actas, sino simplemente dejan pasar, deslindan la responsabilidad sobre nosotros, por lo que acompaño plenamente la Minuta planteada por el concejal Carlos Denis y ampliada por el concejal Luis Garcete; el Concejal Néstor Castellano, expresa: resulta que somos muy puntillosos e implacables con la gente humilde, yo valoró que el capital privado, las empresas, inviertan sus recursos para generar puestos de trabajo, dinamizar la economía, pagar impuestos etc., en favor de las clases populares; sin embargo resulta que nos sentimos atropellados que se hace a las normativas legales, a las Ordenanzas; es importante que la ciudadanía sepa que en estos casos los concejales aprobamos construcciones cuando superan los 400m² a ser verificados, y que los primeros y los últimos trámites pasan por la Dirección de Obras de la Municipalidad, se entiende que este tipo de empresas, que tienen una capacidad económica bastante interesante, tienen gente formada dentro de su plantel gerencial, principalmente, deben conocer las reglas mínimas, imagino que sus ingenieros, sus arquitectos, sus empresas contratistas saben y conocen este tipo de cuestiones, esto lo dice la Ley Tributaria Municipal y la Ley Orgánica Municipal, quisiera solicitar que en el plazo perentorio de 48 horas, la Dirección de Infraestructura Pública y Servicios y la Dirección de Tributación remita a la Junta Municipal el monto exacto que corresponde en cuanto al impuesto a la construcción, el monto de la multa, que debe ser igual al 100% para las empresas que no han respetado en tiempo y forma la presentación de los planos y su aprobación por la Intendencia y por la Junta Municipal, previo pago del impuesto pertinente, y el 100% también de la multa para la empresa contratista, conforme lo dice la Ley Tributaria Municipal y la Ley Orgánica Municipal. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.

Por tanto;

LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1º SOLICITAR al Ejecutivo Municipal para que a través del Departamento de Obras remita a esta Junta todos los antecedentes que guardan relación con la construcción irregular por parte de la firma Gallo S.R.L ubicada en el Km. 27 de la ruta PY 02., al Juzgado de Faltas y a la Asesoría Jurídica para que realice la instrucción del sumario correspondiente y su remisión a la Fiscalía, de manera tal a deslindar toda responsabilidad del Legislativo Comunal en el caso que ocurran hechos que lamentar; así también que la Dirección de Infraestructura Pública y Servicios proceda a una re verificación de las obras complementarias llevadas adelante por la firma Fortis, ubicada en el Km. 18,500 de la ruta PY 02 e informar en la brevedad de lo actuado a esta Junta Municipal.-----

Art. 2º SOLICITAR al Ejecutivo Municipal que a través de la Dirección de Infraestructura Pública y Servicios y la Dirección de Tributación remita el monto exacto que corresponde en cuanto al impuesto a la construcción, el monto de la multa, que debe ser igual al 100% para las empresas que no han respetado en tiempo y forma la presentación de los planos y su aprobación por la Intendencia y por la Junta Municipal, previo pago del impuesto pertinente impuesta a la empresa Gallo S.R.L., y el 100% también de la multa para la empresa contratista, conforme lo dice la Ley Tributaria Municipal y la Ley Orgánica Municipal.-----------------------------------------

Art. 3º ANOTAR, registrar, comunicar y cumplido archivar.-------------------------------------------

Jorge Alberto Flores Bordón

Secretario Gral. J.M

Lic. José Manuel Riquelme Ríos

Presidente J.M.

TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Capiatá, de de 2022.-

Prof. Rafael Zárate López

Secretario Gral.

Lic. Luis Fernando González O

Intendente Municipal