SE DIO, lectura a la Nota Luis Fernando González Intendente Municipal s/ renuncia al cargo de la Intendencia Municipal de la ciudad de Capiatá (Exp.JM Nº 2325/2021), que expresa: me dirijo a usted y por su digno intermedio a los demás miembros de ese cuerpo Legislativo a fin de presentar mi renuncia como Intendente Municipal. Dicha renuncia se enmarca en las exigencias establecidas en el Art. 198 de la Constitución Nacional, así como en la Ley 5376/14 que modifica el artículo 257 de la Ley 834/96 “QUE ESTABLECE EL CODIGO ELECTORAL PARAGUAYO” modificado por Ley Nº 1.830/01 dice: Articulo 1 Modificase el artículo 257 de la Ley 834/96 QUE ESTABLECE EL CODIGO ELECTORAL PARAGUAYO, modificado por Ley 183/01, que queda redactado de la siguiente forma: Art. 257: “el Intendente podrá ser reelecto por el voto popular por una sola vez, de manera consecutiva o alternada. Si se postula para la reelección en periodo inmediato siguiente al de su mandato, deberá renunciar al cargo tres meses antes de la fecha establecida para las elecciones. Los miembros de las Juntas Municipales podrán ser reelectos”. Así mismo la Ley 6564/20 que modifica el Artículo 53 de la Ley Nº 3966/2010 Orgánica Municipal, dice en su Artículo 1º Modificase el artículo 53 de la Ley Nº 3966/2010 Orgánica Municipal, Queda redactado como sigue: Art. 53 Ausencia, Renuncia, Inhabilitación o Muerte del Intendente Municipal. La renuncia del Intendente será presentada ante la Junta Municipal, y se hará con firma y fecha Certificada por Escribano Público o Juez de Paz de la jurisdicción correspondiente, la que deberá tomar conocimiento de la misma para los fines pertinentes en un plazo máximo de 3 días hábiles, quedando firme la renuncia una vez transcurrido ese plazo. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.
Por lo tanto; LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE: Art. 1º ACEPTAR la renuncia del Lic. Luis Fernando González, con cédula de identidad civil N° 1.800.065 al cargo de Intendente Municipal de la ciudad de Capiatá; de conformidad a la nota presentada en el artículo 257 de la Ley N° 834/96 “Que establece el Código Electoral Paraguayo”, modificado por la Ley N° 1.830/01 y así mismo por el artículo 53 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, modificado por la Ley N° 6564/2020.------------------------------- Art. 2º DECLARAR ELECTO al Señor Martin Orué Vera, con cédula de identidad civil Nº 2.143.373, como nuevo Intendente Municipal de la Ciudad de Capiatá, para completar el mandato del periodo 2015-2021, conforme lo estable el Art. 53 de la Ley 3966/10 Orgánica Municipal.------------------------------------------------------------------------------------------------------- Art. 3º ANOTAR, registrar, comunicar y cumplido archivar.------------------------------------------- Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M. TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. Capiatá, de de 2021.-
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