SE RECIBIÓ, la minuta presentada en forma verbal por el Concejal Néstor Castellano, expresa: quisiera hacerme eco de dos denuncias de comisiones vecinales con respecto a la destrucción al pavimento pétreo construido solamente hace un año en la calle Hugo Florenciañez a la altura del km 22,500 sobre la Ruta Nº 1, es la calle paralela de la calle del barrio San Rafael, donde tiempo atrás estaba el predio de la cancha del Club 29 de Septiembre, es un callejón ocupado en gran medida por la Familia Muñoz y sus descendientes, al recibir la denuncia me constituí en el lugar y constate que la aguatería privada El Progreso S.A., ha procedido a romper, a deteriorar parte de la pavimentación pétrea para realizar conexiones y/o reparaciones de sus cañerías, en ese sentido puede visualizar in situ y los vecinos manifestaron que se retiró todo ya sea arena, piedras y capa asfáltica y se realizó el trabajo, pero sin embargo el lugar que ocupaba el colchón de arena de x cantidad en cm no han sido tenido en cuenta a la hora de rellenar colocaron arena roja, no es la primera vez que las Aguaterías privadas destruyen bienes de dominio municipal; es por eso en este punto del orden del día quiero repudiar públicamente la actitud irresponsable e irrespetuosa y por sobre toda destructiva de algunas aguatarías que como juan en su casa se pasan destruyendo empedrados que han sido inversiones municipales sin siquiera tener el decoro la decencia de poder dejar la calle en las condiciones que la encontraron, por todo lo expuesto quisiera plantear en este punto de minutas de encomendar o exhortar al Ejecutivo Municipal para que a través del Departamento de Obras y el Juzgado de Faltas pueda tomar intervención en la destrucción de esta calle e intimar con todos los recursos legales a nuestra disposición que esta Aguateria pueda reparar con las técnicas arquitectónicas y de ingeniería que corresponde y dejarla así como estaban y que respete el bien municipal; el Concejal Luis Garcete, expresa: quisiera hacer mías las expresiones del colega Concejal Néstor Castellano sobre el punto de las aguaterías privadas que se creen dueños y señores donde ellos tienen su beneficio, los ciudadanos capiateños siempre han anhelado tener asfalto y las aguatarías no quieren adecuarse a lo que dicta la ordenanza, en un tiempo atrás nos habíamos reunidos con todas las aguatarías privadas donde ellos aceptaron fielmente que todas las disposiciones emanadas por este Cuerpo Legislativo iban a cumplir, ellos por no querer gastar al destruir las calles suelen hacer una reparación obsoleta, y con una lluvia el raudal arrastra su relación y entra el agua bajo el asfalto y se genera un gran problema quedando como culpables los de la municipalidad; me refiero exclusivamente en la zona de la Cñia. 10 Laurelty que se encuentran 3 aguatarías privadas y una Junta de Saneamiento Laurelty que en algún momento tampoco ha cumplido con lo que se refiere a la ordenanza, también solicito una notificación a esas aguatarías y si no cumplen lo ideal sería multarlos, ya que ellos se han del desentendido, cerca de la sub estática de la ANDE en el km 23 hay un lugar donde hay constantemente perdida de agua. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobada por unanimidad.
Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE: Art. 1º ENCOMENDAR al Ejecutivo Municipal para que a través del Departamento de Obras y el Juzgado de Faltas procedan a la intervención por la destrucción de la pavimentación pétrea de la calle Hugo Florenciañez a la altura del Km. 22,500 sobre la Ruta Nº 1, es la calle paralela de la calle del barrio San Rafael, donde tiempo atrás fue asiento de la cancha del Club 29 de Septiembre, e intimar a la aguateria privada El Progreso con todos los recursos legales a nuestra disposición que pueda reparar con las técnicas arquitectónicas y de ingeniería que corresponda y reponer la pavimentación y que respete el bien municipal.------------------------------------------------------------------------------------- Art. 2º ENCOMENDAR al Ejecutivo Municipal para que a través del Departamento correspondiente pueda notificar a todas las aguaterías privadas que se encuentran prestando servicio en la Cñia. 10 Laurelty y a la Junta de Saneamiento Laurelty, de las normativas y especificaciones técnicas vigentes para los trabajos de reparaciones y conexiones de sus cañerías; y en caso de incumplimiento se apliquen las multas conforme a derecho por el incumplimiento de las normativas.----------------------------------- Art. 3º ANOTAR, registrar, comunicar y cumplido archivar.------------------------------------- Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M. Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M. TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. Capiatá, de de 2020.- Prof. Rafael Zarate López Secretario Gral. Lic. Luis Fernando González O Intendente Municipal
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