VISTO, el Dictamen de la Comisión Asesora de Legislación s/ la suscripción de convenio entre PETROPAR y la Municipalidad de Capiatá y CONSIDERANDO el Dictamen de la Comisión Asesora de Legislación, que expresa: Que, esta Comisión recomienda al Pleno de esta Junta: APROBAR el convenio suscripto entre Petróleos Paraguayos (PETROPAR) con RUC Nº 80002675-6 y la Municipalidad de Capiatá para provisión de combustible para uso institucional, basado en su Art. 14 inc. f, de la ley Nº 7021/22, “De Suministro y Contrataciones Públicas”, la cual consta de diez y siete cláusulas que acompañan al dictamen, en el cual el monto de adjudicación es hasta Gs. 950.000.000 (guaraníes novecientos cincuenta millones), como así también el Dictamen Nº 068/2024 de la Asesoría Jurídica, la resolución IMC Nº 1533/2024 Por la cual se Adjudica a la firma Petropar, la provisión de combustibles para uso institucional, y el Anexo A – Procedimiento del Sistema Tarjetas de Petropar; Anexo B – Precios Preferenciales – Emblema Petropar (los precios son referenciales y están sujetos a variaciones); y el Anexo C – Registro de firma de administradores. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.

Por tanto;

LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1º APROBAR el convenio suscripto entre Petróleos Paraguayos (PETROPAR) con RUC Nº 80002675-6 y la Municipalidad de Capiatá para provisión de combustible para uso institucional, basado en su Art. 14 inc. f, de la ley Nº 7021/22, “De Suministro y Contrataciones Públicas”, la cual consta de diez y siete cláusulas que acompañan al dictamen, en el cual el monto de adjudicación es hasta Gs. 950.000.000 (guaraníes novecientos cincuenta millones), como así también el Dictamen Nº 068/2024 de la Asesoría Jurídica, la resolución IMC Nº 1533/2024 Por la cual se Adjudica a la firma Petropar, la provisión de combustibles para uso institucional, y el Anexo A – Procedimiento del Sistema Tarjetas de Petropar; Anexo B – Precios Preferenciales – Emblema Petropar (los precios son referenciales y están sujetos a variaciones); y el Anexo C – Registro de firma de administradores.-------------------------------------------------------

Art. 2º ANOTAR, Registrar y cumplido archivar.--------------------------------------------------------

Jorge Alberto Flores Bordón

Secretario Gral. J.M

Braulio Ramón Riquelme Ferreira

Presidente J.M.

TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Capiatá, de de 2024.-

Prof. Rafael Zárate López

Secretario Gral.

Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera

Intendente Municipal