SE RECIBIO, el informe presentado en forma verbal por El Concejal Carlos Denis, expresa: me gustaría que a través de la Comisión Asesora de legislación y conjuntamente con todos los concejales tengamos que reestudiar la Ordenanza que establece la aprobación de gasolineras, porque nuestra ordenanza es muy vaga y hay lagunas en donde tenemos que aclarar en el sentido que en el Capítulo 4 habla de la aprobación de planos de construcción previa expedición de los estudios de impacto ambiental a través de medio ambiente pero sin embargo hoy la ley establece y dice que primero se debe aprobar los planos de construcción y, posteriormente, la expedición del estudio del impacto ambiental, mi pregunta es de cuando el daño ya está ocasionado la responsabilidad sobrecae en el municipio no sin antes nosotros haber tenido el estudio de impacto ambiental de la institución encargada, entonces a través de la comisión de Legislación revisar la Ordenanza que habla sobre ese punto y a través de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI) buscar el mecanismo correspondiente para mejorar esta Ley que en realidad la tenemos que hacer en forma conjunta, el estudio del impacto ambiental tenemos que tener antes de la aprobación de los planos de construcción para saber, explícitamente, qué daño se puede ocasionar en los diferentes lugares donde se ejecutarán las obras o sino la responsabilidad después sobrecae en nosotros. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.

Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE: Art. 1º ENCOMENDAR a la Comisión Asesora de Legislación la revisión de la Ordenanza Nº 25/2016 QUE REGULA LA INSTALACION, HABILITACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS LOCALES DESTINADOS A LA PROVISION, MANIPULEO, ALMACENAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y/O GASEOSOS, LUBRICANTES Y ADITIVOS, EN EL DISTRITO DE CAPIATA, especialmente en el CAPITULO IV DE LAS CONDICIONES DE PROTECCION AMBIENTAL Art.25: todas las actividades y locales afectados por esta ordenanza, estarán sujetos a la concesión de la licencia y habilitación municipal, debiendo contar con la declaración de impacto ambiental expedida por la SEAM.----- Art. 2º ANOTAR, registrar, comunicar y cumplido archivar.------------------------------------------- Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M Lic. José Manuel Riquelme Ríos Presidente J.M. TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. Capiatá, de de 2022.- Prof. Rafael Zarate López Secretario Gral. Lic. Luis Fernando González O Intendente Municipal