SE DIO, lectura a la Nota IMC 056/2023 S/ remisión de la suscripción convenio PETROPAR y la Municipalidad de Capiatá, que expresa: Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., y por su intermedio a los demás Concejales Municipales, con el objeto de solicitar la autorización correspondiente para proceder a la suscripción del convenio con Petróleos Paraguayos (PETROPAR) con RUC Nº 80002675-6 para la provisión de combustibles para uso institucional, de conformidad al Art. 36º de la Ley nº 3966/2010 “Orgánica Municipal”. Y puesta a consideración de la plenaria El Concejal Oscar Barreto, expresa: a los efectos de solicitar que se dé un tratamiento sobre tablas a esta nota enviada por la intendencia municipal teniendo en cuenta la importancia que tiene y que conforme al Art. 77 de nuestro Reglamento Interno solicito que esta Junta se convierta en Comisión y que se considere un cuarto intermedio de 10 minutos para que se proceda al estudio y la elaboración del dictamen correspondiente. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad. Una vez terminada el cuarto intermedio se reanuda la sesión, dándose lectura al Dictamen Nº 406/2023 del Pleno Constituido en Comisión conforme al art. 77 de reglamento interno de la Junta Municipal, que expresa: Que este Pleno constituido en Comisión recomienda a esta Junta 1º AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a la suscripción del convenio entre Petróleos Paraguayos (PETROPAR) con RUC Nº 80002675-6 y la Municipalidad de Capiatá para provisión de combustible para uso institucional, basado en su Art. 2 inc. D, de la ley Nº 2051/03, de las Contrataciones Públicas, la cual consta de diez y siete cláusulas que acompañan al dictamen, como así también el Dictamen Nº 16/2023 de la Asesoría Jurídica, la resolución IMC Nº 946/2023 Por la cual se Adjudica a la firma Petropar la provisión de combustibles para uso institucional, Dictamen de UOC y el Anexo A – Procedimiento del sistema Tarjetas de Petropar; Anexo B – Precios Preferenciales – Emblema Petropar (los precios son referenciales y están sujetos a variaciones); y el Anexo C – Registro de firma de administradores. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.
Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE: Art. 1º AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a la suscripción del convenio entre Petróleos Paraguayos (PETROPAR) con RUC Nº 80002675-6 y la Municipalidad de Capiatá para provisión de combustible para uso institucional, basado en su Art. 2 inc. D, de la ley Nº 2051/03, de las Contrataciones Públicas, la cual consta de diez y siete cláusulas que acompañan al dictamen, como así también el Dictamen Nº 16/2023 de la Asesoría Jurídica, la resolución IMC Nº 946/2023 Por la cual se Adjudica a la firma Petropar la provisión de combustibles para uso institucional, Dictamen de UOC y el Anexo A – Procedimiento del sistema Tarjetas de Petropar; Anexo B – Precios Preferenciales – Emblema Petropar (los precios son referenciales y están sujetos a variaciones); y el Anexo C – Registro de firma de administradores.------------------------- Art. 2º ANOTAR, registrar, comunicar y cumplido archivar.------------------------------------------- Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M. TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. Capiatá, de de 2023.- Oscar Franco Secretario Gral. Interino Lic. José Manuel Riquelme Ríos Intendente Municipal
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