Durante la sesión ordinaria del miércoles 28 de marzo, en el punto del Orden del Día Minutas, el concejal Bernardo Sosa Viveros (ANR) hizo referencia a la Resolución J.M Nº 2.345, Acta Nº 119 de la sesión ordinaria de fecha 21/02/2018, originado del Dictamen Nº 1.019 de la Comisión Asesora de Transporte Público y Tránsito, que “autoriza al Departamento de Tránsito a proceder al cobro correspondiente y la habilitación de taxi a favor del Sr. Celino Ayala como titular de la parada Nº 2, ubicada en el Km. 20 ruta II “Mcal. Estigarribia” sobre la calle Sgto. Ferreira”.
Al respecto, el concejal presidente señaló que “días atrás la Asesoría Jurídica de la Municipalidad informó sobre un juicio pendiente en los tribunales ordinarios sobre esta cuestión. El propio Celino Ayala Martínez inició una acción judicial contra la Municipalidad de Capiatá el 21 de noviembre de 2016, juicio que sigue hasta la fecha”.
Ante esta situación, el edil consideró que se debería realizar una revisión de la acción administrativa de la Junta Municipal, a través de la Comisión Asesora de Transporte Público y Tránsito y, en mérito de las documentaciones con que hoy se cuentan, revocar la Resolución citada más arriba.
Sosa Viveros solicitó que la Comisión Asesora de Transporte Público y Tránsito revise el caso y que en la próxima sesión ordinaria se adopte la Resolución que corresponda a Derecho.
Sobre el punto, el concejal Hugo Nagel (PLRA), presidente de la Comisión Asesora de Transporte Público y Tránsito, mencionó que “el Dictamen Nº 1.019 se realizó en su momento a falta de una sentencia judicial”, y sugirió que “antes de que el expediente vuelva a la Comisión de Tránsito y a la vista de los documentos”, se declare la revocatoria de la Resolución Nº 2.345.
Por su parte, el concejal Arnaldo Salinas Benítez (PLRA) manifestó que el caso debería ser estudiado junto con los asesores jurídicos de la Junta Municipal para tomar decisiones, si todavía no existe una sentencia judicial.
Al respecto, el concejal presidente Bernardo Sosa Viveros (ANR) explicó que la revocatoria de la Resolución es, justamente, para corregir un error administrativo, el de “emitir una Resolución sin que la cuestión judicial se finiquite”. “Debemos esperar que la Justicia indique quién tiene la razón para que después, administrativamente, podamos actuar”, acotó
“Debemos revocar la Resolución y esperar el dictamen de la Justicia Ordinaria, lo cierto es que el Sr. Celino Ayala tiene una Resolución firme de una medida cautelar que le fue rechazada, vale decir que prosigue el caso”, expresó Sosa Viveros, al tiempo de adherirse a la moción del concejal Hugo Nagel.
En este punto, el concejal Tranquilino Talavera (ANR), solicitó un cuarto intermedio de 10 minutos y que el pleno se constituya en Comisión de Transporte Público y Tránsito, según el Art. 77 del Reglamento Interno, para revisar el caso y emitir un dictamen.
El concejal Oscar Américo Barreto (ANR) acompañó la moción planteada por el concejal Tranquilino Talavera (ANR), “a los efectos de que se pueda evitar cualquier resquicio que, eventualmente, pueda ser atacado judicialmente”.
Tras el cuarto intermedio, se reanudó la sesión ordinaria con la lectura del Dictamen Nº 1.080 del pleno constituido en Comisión de Tránsito a cargo del secretario general, Sr. Jorge Flores, que recomienda:
-Derogar en todos sus términos la Resolución Junta Municipal Nº 2.345, Acta Nº 119 de fecha 21/02/2018.
Finalmente, la plenaria de la Junta Municipal aprobó en mayoría el Dictamen Nº 1.080 del pleno constituido en Comisión de Transporte Público y Tránsito.





