• Denuncia sobre cierre de calle, clausura de marmolería, quema de basuras, ocupación de veredas, ocupación de bien de dominio público, entre otros temas.
Dando cumplimiento a la Resolución Nº 3.505 Acta Nº 172 de fecha 15-02-2019 (http://www.jmcapiata.gov.py/resoluciones_mas.php?id=266), la de la Jueza de Faltas, Dra. Mirtha Celeste Marecos participó de la sesión ordinaria del viernes 22 de febrero para dar respuesta sobre una denuncia de cierre de calle en la zona de Piro’y, Cía. 4ª, hasta donde algunos ediles se trasladaron para verificar la situación dos meses atrás, y evacuar otras consultas de los concejales.
En ese sentido, la Dra. Marecos mencionó que “efectivamente, a fines de diciembre la Junta Municipal remitió una nota al Juzgado de Faltas en razón a un caso de presunto cierre de calle y el entonces Juez de Faltas Ad Hoc, Dr. Pedro González solicitó al Ejecutivo Municipal los antecedentes, los cuales fueron remitidos en enero”.
“A principios de febrero se inicia la causa con el A. I Nº 23 de fecha 5 de febrero en donde el Juzgado de Faltas adopta como medida de urgencia la suspensión de la obra, interٕín en que se le cita a las partes, denunciante y denunciado”, explicó la Jueza de Faltas. Indicó que días atrás el denunciado por cierre de calle se presentó ante el Juzgado con unos documentos donde alega ser propietario del inmueble en cuestión y que en las próximas horas hará su declaración sobre el caso. “En razón a todo esto no pudimos proceder al desalojo de esa construcción”, acotó.
“Se pidió informe a la Dirección de Catastro y allí manifiestan que se trata de una calle, pero que la Municipalidad no cuenta con documentos que acrediten tal situación”, relató además la Jueza de Faltas, al tiempo que anunció que acercará a los concejales los documentos que la parte denunciada traiga a la vista en relación a la causa.
“Obviamente, si es un dominio público municipal amerita la desocupación, pero si esta persona demuestra lo contrario con un título de propiedad, veríamos los procedimientos a seguir si es un inmueble privado”, apuntó.
En otro orden de cosas, respondiendo a una consulta del concejal vicepresidente acerca del caso de la marmolería con orden de clausura, ubicada en la zona céntrica de la ciudad, que todavía sigue operando, la Dra. Marecos manifestó: “se hizo el proceso sumario acorde a nuestra facultad, salió la sentencia, la clausura con una multa bastante elevada; todas las sanciones que se podía imponerle, porque en su momento no tenía ningún documento el propietario”.
“Al tiempo de la apelación, tengo entendido que sí trajo documentaciones y el Ejecutivo Municipal modificó en parte la sentencia. Posterior a eso, se estuvo haciendo algunos procedimientos, pero hoy día tengo entendido que fue a lo contencioso – administrativo, que sería otra instancia. El Juzgado de Faltas termina su trabajo con la sentencia”, añadió.
Sobre la quema de basuras, la Jueza de Faltas señaló que no se está llevado adelante ningún proceso sobre este asunto, a excepción de un caso del año pasado. “Tengo entendido que hay varias denuncias, pero aún no han llegado hasta el Juzgado de Faltas”, aseveró.
Acerca de las ocupaciones de veredas, expresó que “todos aquellos casos que tenemos al día o que tuvimos en su momento cuentan con sentencia y también con la apelación. Todos están apelado y pasan a otra instancia. Uno de los concejales (Oscar Américo Barreto) había mocionado la creación de la Policía Municipal, que sería muy acertado para proceder a la ejecución de las sentencias”.
En relación a la ocupación de un bien de dominio público (Km. 20 ruta I), la Dra. Marecos dijo que “también hay una sentencia al respecto, que en su momento se había traído a la vista al seno de la Junta Municipal, la que también fue apelada. Entonces, habría que ver en qué estado se encuentra esa apelación, traer a la vista esos documentos y estudiar qué procedimientos hacer al respecto”.
Explicó, igualmente, que “posterior a una sentencia, la Asesoría Jurídica se tiene que pronunciar a través de un Dictamen, una Resolución de la Intendencia Municipal, y en base a eso se hace el cumplimiento”.













