• “Por la cual se reglamenta la autorización y explotación de las máquinas electrónicas de juegos de azar a nivel municipal y se establece la implementación progresiva y gradual del sistema de control en línea (SMC) y el cobro del canon porcentual de los juegos electrónicos de azar explotados a nivel municipal”.

El Pleno de la Junta Municipal recibió el miércoles 23 de enero, durante la primera sesión ordinaria del año, la visita del Abg. Jymmy Torales, encargado del control y verificación de las máquinas “tragamonedas” que operan en nuestro distrito, dando cumplimiento a la Resolución Nº 3.418, Acta Nº 168 de fecha 26/12/2018.

En primer término, el funcionario municipal agradeció a los ediles por la invitación a participar de la sesión ordinaria de la fecha y poder intercambiar ideas con relación al tema de las máquinas “tragamonedas”, cuyo impuesto “es muy distinto a los demás y muy difícil de cobrar”, según señaló. Al respecto, indicó que tanto los propietarios como los usuarios de estas máquinas “muchas veces desconocen las leyes” y agregó que otro factor que dificulta el cobro “es la migración de estas máquinas que se produce de un lugar a otro dentro del distrito”.

“Esta dependencia municipal de control y verificación de máquinas “tragamonedas” surgió en 2017, a mediados de febrero, tras una llamada de CONAJZAR a varios municipios solicitando representantes municipales”, rememoró Torales. Acotó que en aquella oportunidad le cupo, junto con la directora de Tributación Abg. Clara Espínola, representar al municipio de Capiatá “donde sacamos varias conclusiones, varias ideas sobre cómo trabajar en nuestro municipio”.

Ante la consulta de los ediles sobre la situación general de las máquinas “tragamonedas” en nuestra ciudad, Torales expresó que “si nos vamos al 100% por la Ley, ninguna sola máquina vamos a tener en Capiatá, porque la totalidad prácticamente está construida sobre la base de madera prensada”, lo cual está prohibido por la Ley Nº 1016/97 que regula la concesión de los juegos de azar. Sin embargo, aclaró que la misma Ley contempla ciertas excepciones que deben ser solicitadas para su revisión en CONAJZAR por parte de quienes explotan estas máquinas.

Torales manifestó que en aquella jornada de capacitación dictada por CONAJZAR se llegó a la conclusión de que en todos y cada uno de los municipios se debe analizar lo que se puede recaudar, haciendo cumplir la Ley y las Ordenanzas. “Siempre nuestro punto de partida es que no sea perjudicada la población en sí, prohibiendo que los menores en edad escolar, sobre todo, estén utilizando estos juegos”, recalcó.

El funcionario señaló que un conteo de las “tragamonedas”, desde el 2017 en adelante, arroja una cifra de, aproximadamente, 1.500 a 1.600 máquinas que operan dentro del territorio capiateño, aunque Torales dejó en claro que podrían ser muchas más. “Hasta la fecha llegamos a 360 usuarios, personas contribuyentes, que se acercaron hasta la institución municipal y firmaron su declaración jurada”, graficó.

“De esas 360, tenemos 50 que cancelaron y otras 50 más o menos con paradero desconocido en la actualidad. En síntesis, tenemos unos 260 contribuyentes de forma activa”, agregó.

El Abg. Jymmy Torales informó que la Municipalidad de Capiatá recaudó la suma de Gs. 18 millones en el 2015; Gs. 87 millones en 2016; Gs. 315 millones en 2017 y Gs. 462 millones el pasado año.

Finalmente, el funcionario municipal indicó que la Ordenanza Tributaria establece un monto fijo de Gs. 120 mil en concepto de canon por cada máquina “tragamoneda”, aunque según su opinión, “debería implementarse distintos costos, por la variedad de máquinas que existen, por costo, modelos, año de fabricación, etc.”.

Por su parte, los ediles expresaron su acompañamiento a la tarea que viene desarrollando la dependencia municipal encargada del control y verificación de las máquinas “tragamonedas” y manifestaron la necesidad de dotarle de más personal, mejor infraestructura y logística a los efectos, entre otras cuestiones, de realizar un censo de todas las maquinas que operan en nuestra ciudad, siendo rígidos a su vez en la aplicación de la Ordenanza Nº 25/2018 “Por la cual se reglamenta la autorización y explotación de las máquinas electrónicas de juegos de azar a nivel municipal y se establece la implementación progresiva y gradual del sistema de control en línea (SMC) y el cobro del canon porcentual de los juegos electrónicos de azar explotados a nivel municipal” (http://www.jmcapiata.gov.py/ordenanzas_mas.php?id=80).