Durante la sesión ordinaria del miércoles 15 de julio, en el punto del Orden del Día Minutas, la Junta Municipal aprobó el Dictamen Nº 2.220 del Pleno constituido en Comisión, conforme al Art. 77 del Reglamento Interno, que recomienda:
-1º Aprobar la Resolución IMC Nº 5123/2020 Por la que se autoriza la suscripción de la Adenda Nº 2 al Contrato LPN Nº 23/2020 suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Capiatá y la empresa unipersonal Ing. Ignacio Javier Edwars, derivado de la Licitación Pública Nacional Nº 1/2020 “Construcciones y reparaciones en instituciones educativas", – Lote Nº 1.
-2º Autorizar al Ejecutivo Municipal la firma de la ADENDA Nº 2 Adenda Nº 2 al Contrato LPN Nº 23/2020, derivado de la Licitación Pública Nacional Nº 1/2020 “Construcciones y reparaciones en instituciones educativas" – Lote Nº 1, suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Capiatá y la empresa unipersonal Ing. Ignacio Javier Edwars.
-3º Incluir en el contrato la siguiente cláusula adicional: CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA: “El adjudicado deberá, en el plazo de quince (15) días calendario desde la finalización de la ejecución del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19”.
Así mismo, fue aprobado el Dictamen Nº 2.221 del Pleno constituido en Comisión, conforme al Art. 77 del Reglamento Interno, que recomienda:
1º Aprobar la Resolución IMC Nº 5124/2020 Por la que se autoriza la suscripción de la Adenda Nº 2 al Contrato LPN Nº 23/2020 suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Capiatá y la empresa unipersonal Ing. Alfredo Bernardino Lezcano Sánchez, derivado de la Licitación Pública Nacional Nº 1/2020 “Construcciones y reparaciones en instituciones educativas", – Lote Nº 2.
2º Autorizar al Ejecutivo Municipal la firma de la ADENDA Nº 2 Adenda Nº 2 al Contrato LPN Nº 23/2020, derivado de la Licitación Pública Nacional Nº 1/2020 “Construcciones y reparaciones en instituciones educativas" – Lote Nº 3, suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Capiatá y la empresa unipersonal Ing. Alfredo Bernardino Lezcano Sánchez.
3º Incluir en el contrato la siguiente cláusula adicional: CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA: “El adjudicado deberá, en el plazo de quince (15) días calendario desde la finalización de la ejecución del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19”.
La aprobación del Dictamen Nº 2.220 y del Dictamen Nº 2.221 se dio tras un cuarto intermedio de 10 minutos solicitado por la concejala Laura Gamarra de Talavera (ANR), moción acompañada por el concejal Tranquilino Talavera (ANR).




