SE RECIBIO, la minuta presentada en forma escrita por los Concejales Municipales firmantes sobre modificación de los procesos administrativos en lo que respecta a la aprobación de planos de construcción. Seguidamente se dio lectura por Secretaría de la minuta escrita que expresa: Los abajo firmantes Concejales Municipales; se dirigen a usted y por su intermedio a los demás concejales municipales a los efectos de presentar una minuta escrita, con el fin de solicitar la modificación de los procedimientos administrativos en lo que respecta la Aprobación de los Planos de Construcciones. Con el objetivo de optimizar y agilizar los procesos administrativos vinculados a la aprobación de planos de viviendas y edificaciones que no superen los 400 metros cuadrados de superficie, proponemos que dichas aprobaciones se realicen mediante Acto Administrativo de la Intendencia Municipal. Esta medida permitirá brindar respuestas rápidas e inmediatas a los contribuyentes, evitando la demora que implica el actual procedimiento burocrático. La simplificación del trámite no solo aportará beneficios directos a los ciudadanos que buscan gestionar la aprobación de sus proyectos arquitectónicos, sino que también fortalecerá la gestión interna de la Administración Municipal. Además, se prevé un impacto positivo en la recaudación municipal, al facilitar y acelerar la respuesta a las demandas, lo cual es fundamental para mantener y aumentar la inversión en obras públicas y servicios que favorecen a toda la comunidad. En virtud del análisis exhaustivo realizado, proponemos que: Todas las edificaciones con una superficie menor o igual a 400 m² sean aprobadas administrativamente por la Intendencia Municipal, a través del departamento correspondiente, garantizando agilidad y eficacia en la gestión. Las edificaciones con superficies mayores a 400 m² continúen requiriendo la aprobación de la Junta Municipal, conforme a la normativa vigente, dada la mayor complejidad y relevancia de estos casos. Esta medida permitirá un equilibrio entre la simplificación administrativa y el control adecuado en obras de mayor envergadura, asegurando transparencia y responsabilidad en la gestión pública. Solicitamos la adopción de la presente resolución para la inmediata puesta en vigencia de estos cambios, convencidos de que favorecerán tanto a los ciudadanos como al fortalecimiento institucional. Y puesta a consideración de la plenaria El Concejal Bernardo Galeano, expresa: Como parte proponente de la minuta escrita presentada, vemos nosotros la imperiosa necesidad de brindar una mano a los contribuyentes capiateños y acelerar la aprobación de sus respectivos planos de construcción. Debemos tener en cuenta la escasez actual de dinero; muchas veces la gente humilde viene a regularizar sus obras cuando tiene la posibilidad económica de juntar un dinero y los trámites burocráticos tardan demasiado. A los efectos de cuidar el rol contralor de esta Junta, propongo formalmente modificar el proyecto planteado en la minuta escrita. En lugar de que el límite de aprobación administrativa por la Intendencia sea de hasta 400 metros cuadrados, propongo modificar ese tope estableciendo que sea de hasta 300 metros cuadrados de superficie. De este modo, cualquier plano que supere la dimensión de los 300 metros cuadrados deberá, por su complejidad, pasar obligatoriamente por el estudio de las comisiones y la aprobación en el pleno de la Junta Municipal. Pongo a consideración esta propuesta de modificación del límite, compañeros; El Concejal Luis Garcete, expresa: Yo creo que es sumamente oportuna esta minuta escrita, y acompaño en todos sus términos la modificación planteada por el colega que me antecedió en la palabra, el concejal Bernardo Galeano. Como presidente de la Comisión de Infraestructuras y Obras de la Junta, apoyo plenamente que se modifique y se establezca que la aprobación administrativa por parte del Ejecutivo abarque las obras de hasta 300 metros cuadrados. Esto le otorgará al Ejecutivo Municipal la potestad y la herramienta legal para agilizarles de inmediato los trámites a los contribuyentes que construyen viviendas familiares. Pasados los 300 metros cuadrados, la carpeta deberá remitirse obligatoriamente a esta Junta Municipal para su estudio pormenorizado y aprobación correspondiente por el pleno. Es un cambio oportuno, presidente; La Concejala Belem Melgarejo, expresa: Es a los efectos de secundar la moción planteada por el colega Bernardo Galeano de modificar el límite a 300 metros cuadrados. Esto lo pido teniendo en cuenta que esta Junta Municipal es, por mandato legal, el órgano de control de la gestión municipal. Si permitimos la liberación de áreas muy grandes de construcción sin control legislativo, prácticamente estaríamos cercenando las atribuciones de fiscalización que tenemos conferidas por ley. Dentro de poco vamos a dejar de ejercer nuestras funciones de control si seguimos de esta manera y le entregamos toda la autonomía al Ejecutivo. Así que, para salvaguardar el rol fiscalizador de la Junta, acompaño plenamente que se apruebe el límite estricto de hasta 300 metros cuadrados; El Concejal Óscar Barreto, expresa: Solamente intervengo para dejar en claro que de ninguna manera se está cercenando el rol de ningún concejal, ni se está actuando en contra de nuestras atribuciones de control. Nadie le está quitando facultades a este cuerpo legislativo, por el simple hecho de que no existe una solicitud u oficio formal del Ejecutivo Municipal solicitando que le otorguemos esta atribución administrativa. Lo que estamos haciendo hoy es una iniciativa que nace del seno de la propia Junta Municipal, haciendo uso de las facultades que nos confiere la Ley Orgánica Municipal y nuestro reglamento interno que regula el funcionamiento de nuestras comisiones asesoras. No hay una nota formal escrita del intendente sobre esto, es un proyecto legislativo de nuestra propia autoría para conceder temporalmente esta autonomía administrativa al Ejecutivo. Coincido plenamente en que el límite adecuado de aprobación administrativa directa sea de hasta 300 metros cuadrados, a pesar de que sabemos que una vivienda familiar normal en Capiatá no pasa de los 150, 160 o 190 metros cuadrados de superficie construida. No obstante, presidente, propongo agregar una cláusula de temporalidad en la resolución. Debemos ponerle un plazo de vigencia y establecer que esta disposición ruede de forma excepcional hasta el 31 de diciembre del año 2026, feneciendo automáticamente en esa fecha. Al otorgarle de manera temporal la potestad al Ejecutivo de aprobar planos de hasta 300 metros cuadrados, la Junta conserva la facultad de poner término a la medida. De este modo no hay cercenamiento, sino una delegación administrativa temporal para favorecer a la ciudadanía. ¿Y por qué estamos tomando esta iniciativa en este momento, presidente? Porque esta es la época del año en la que la clase trabajadora tiene acceso a dos o tres aguinaldos en los entes públicos, en las entidades binacionales como Itaipú, o en entes del Estado como la ANDE, que cobran beneficios de fin de año. Los ciudadanos buscan la manera de acceder a créditos de vivienda con tasas de interés bajas y blandas a través de la AFD u otras entidades bancarias de plaza para cumplir el sueño de la casa propia. Y el primer requisito indispensable que los bancos les exigen para desembolsar el crédito es contar con el plano de construcción debidamente aprobado por la municipalidad. Con la burocracia actual, el contribuyente debe ingresar su expediente por mesa de entrada de la Junta, pasar a comisiones, esperar el dictamen y aprobarse en la siguiente sesión ordinaria, lo que genera retrasos que les hacen perder los créditos de vivienda. Al simplificar y abreviar el trámite por la vía administrativa de la Intendencia, el expediente ya no requiere pasar por el circuito de la Junta, acelerando los sueños de tener su propia casa a miles de capiateños. Por tanto, presidente, basándome en estos sólidos fundamentos de beneficio social, apoyo la moción de fijar el límite en 300 metros cuadrados de superficie y establecer que el plazo de vigencia de esta resolución venza impostergablemente el 31 de diciembre del año 2026; La Concejala Belem Melgarejo, expresa: pido la palabra brevemente al solo efecto de aclarar los hechos, porque a veces con los discursos parece que me quieren dejar en una posición de mentirosa ante los colegas. Quiero aclarar que tanta iniciativa exclusiva de esta Junta Municipal no es, compañeros. Quizás no exista una nota formal escrita ingresada por el Intendente en el expediente, pero todos aquí sabemos perfectamente cómo se manejan estas cosas. A mí, de manera personal, hace poco más de un mes me llamó por teléfono el propio Intendente Francisco López tengo registrada la llamada en mi celular y me comentó que esta simplificación administrativa era un proyecto que él estaba planificando sugerir para dinamizar el municipio. Por tanto, para no quedar como mentirosa ante la plenaria, aclaro que esto responde a una sugerencia que él me realizó, aunque formalmente en los papeles figure hoy como una iniciativa de los concejales de esta Junta; El Concejal Óscar Barreto, expresa: Entiendo perfectamente y de ninguna manera dudo del registro de llamadas de la colega concejala, pero en derecho administrativo rige un principio fundamental del derecho romano, presidente, que dice textualmente: 'lo que no está en el expediente, no existe en el mundo'. Si no existe una nota formal y física de la Intendencia Municipal ingresada por mesa de entrada, se concluye legal y administrativamente que esta resolución se trata de una iniciativa legislativa exclusiva de los miembros de esta Junta Municipal; El Concejal Bernardo Galeano, expresa: Intervengo únicamente para respaldar y argumentar de forma técnica los alcances de la minuta escrita que hemos presentado. Debemos ser conscientes de que una edificación de hasta 300 metros cuadrados no se trata de una estructura gigantesca ni de un edificio de gran envergadura. Actualmente, al pasar obligatoriamente cada pequeño expediente por el dictamen de los concejales en la Junta Municipal, nosotros estamos asumiendo de manera directa una responsabilidad civil e incluso penal gigantesca ante cualquier falla o vicio de construcción. Es sumamente prudente que para obras de menor porte la responsabilidad técnica y de aprobación recaiga sobre los profesionales de obras del Ejecutivo Municipal. De este modo, nos abocamos al control riguroso de las construcciones de gran porte que sí representan un impacto significativo en la ciudad, logrando agilizar y simplificar los proyectos de nuestros conciudadanos a corto plazo para que cumplan sus metas de construir su casa propia. Y puesta a consideración de la plenaria es aprobado por unanimidad.
Por tanto;
LA JUNTA MUNICIPAL RESUELVE:
Art. 1º AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal que, a través del departamento de Obras, proceda de forma excepcional y con carácter temporal, hasta el 31 de diciembre de 2026 la aprobación directa y simplificada por vía administrativa en la Intendencia Municipal de los planos de construcción de infraestructura edilicia menor o igual a los 300 metros cuadrados de superficie.
Art. 2º ESTABLECER que, cumplido el plazo de vigencia al 31 de diciembre de 2026, fenecerá de pleno derecho la presente Resolución, debiendo retornar de forma ordinaria todos los expedientes de obras al control directo de la Junta Municipal, salvo prórroga expresa resuelta por este Cuerpo Legislativo.-----------------------------------------------------------------------------------------
Art. 3º ANOTAR, Registrar y cumplido archivar.--------------------------------------------------------
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Abg. Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M. |
Lic. Braulio Ramón Riquelme Ferreira Presidente J.M. |
TÉNGASE POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Capiatá, de de 2026.-
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Prof. Rafael Zárate López Secretario Gral. |
Francisco Javier López González Intendente Municipal |