VISTO: el Dictamen de la Comisión Asesora de Transporte Público y Tránsito s/ habilitación de itinerario. Y.----------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 1989/2.019 de la Comisión Asesora de Transporte Público y Transito se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular, tramitado por el propietario del mismo.

Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA: Art. 1º AUTORICESE el usufructo de itinerario a la Empresa de Transporte y Turismo “Fátima S.R.L. Línea 11, en los siguientes tramos: Tramo 1: Partiendo desde Ruta Nº 2 Mcal. José Félix Estigarribia km 16,500 gira a la izquierda calle Teniente Riquelme – Aratiri 800mts aproximadamente, gira a la izquierda calle Gral. Eugenio A. Garay 500mts aproximadamente, llegando hasta la Escuela Básica Puerta del Sol, girar a la derecha calle Santa Bernardita cable alta tensión, girar a la derecha 400mts aproximadamente, girar a la izquierda calle Don Calixto González, girar a la izquierda calle María Auxiliadora 50mts aproximadamente, girar a la derecha calle Ceferino Vera pasando al costado de la Escuela Robert Pereira, cruzando la Calle Sgto. Octaviano Maidana, tomando la calle San Antonio 500mts aproximadamente, girando a la derecha calle Marco Gabriel Rolon dos cuadras, doblando a la izquierda calle sin nombre detrás de la tortería Ña Claudia aproximadamente 4 cuadras, doblando a la izquierda sobre calle asfaltada aproximadamente 2 cuadras, girando a la izquierda al costado de la Ferretería Rodri dos cuadras sobre calle empedrada, girando a la derecha sobre calle empedrado dos cuadras, girando a la izquierda 50mts aproximadamente, girar a la derecha una cuadra hasta el final de la calle, girando a la izquierda 500mts aproximadamente sobre calle empedrada, girar a la derecha 300mts aproximadamente pasando detrás del Hospital el Chino, girando a la derecha sobre calle asfaltada 600mts aproximadamente, girar a la derecha sobre calle asfaltada tres cuadras al costado del Tanque de agua de la Junta de Saneamiento, girar a la izquierda seis cuadras, girar a la derecha cuatro cuadras Calle Piro’y, girar a la izquierda una cuadra calle asfalta, girar a la derecha dos cuadras, girar a la izquierda calle Curupayty aproximadamente 700mts, girar a la derecha dos cuadras, hasta su intersección con la calle Gral. Bernardino Caballero seguir por la calle Bernardino Caballero, siguiendo por la calle Tte. Riquelme, girar a la derecha sobre la calle Andrés Barbero, hasta su intersección con su trayecto hasta el km 16 de la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia. Tramo 2: desde el límite con el municipio de San Lorenzo, circulando por las calles Ybapovo, Amba´y, Juan Pablo I, 3 de Mayo, R.I. 6 Boquerón, Padre Fidel Maíz, Cerrito, Gral. Eugenio Garay, 3 de Febrero, San Sebastián, Osvaldo Chávez, hasta Conavi Constitución y Viceversa. Tramo 3: Partiendo del Barrio San Pedro, Calle Lapacho, entrando a la mano izquierda por la calle Dentista, una cuadra; girando a la mano izquierda diez metros sobre la calle Tte. Ruiz, siguiendo la mano derecha por la calle José Asunción Flores, del Barrio Salvador del Mundo aproximadamente diez cuadras y viceversa. Debiendo la Empresa recurrente abonar el canon correspondiente ante el Ejecutivo Municipal, conforme a la siguiente flota de vehículos: 16 vehículos habilitados, y de conformidad a los antecedentes arrimados por la mencionada empresa como así también a la Ordenanza Nº 17/2019 y su ampliación conforme a la ordenanza Nº 36/2019. Nº Marca de Vehículo Coche Nº Modelo – Año de Fabricación Matricula Nº de Chasis Seguro ITV 1 Mercedes Benz 14 1214/1996 AEG 224 9BM384003TB087721 Alfa S.A. Aca S.A. 2 Mercedes Benz 47 1513/1988 ARJ 641 9BM344014JB21953ARJ641 Alfa S.A. Aca S.A. 3 Mercedes Benz 48 OF1115/1991 AJA 077 9BM384091MB905212 Alfa S.A. Aca S.A. 4 Mercedes Benz 40 OF1315/1992 AXY 453 9BM384098NB956247 Alfa S.A. Aca S.A. 5 Mercedes Benz 42 1417-Marcopolo/2004 BKU 969 9BM3840672B306974 Rumbos S.A. Aca S.A. 6 Mercedes Benz 19 L1414/51/1998 AET 463 9BM38414WB151398 Alfa S.A. Aca S.A. 7 Mercedes Benz 12 1114/1990 AEK 384 9BM344014LB882525 Alfa S.A. Aca S.A. 8 Mercedes Benz 38 914/42,5/1998 ADO 581 9BM688133WB151003 Alfa S.A. Aca S.A. 9 Mercedes Benz 10 809/2005 ZAG 605 WDB67301115286502 Alfa S.A. Aca S.A. 10 Mercedes Benz 03 LHD/2009 BCS 697 LJ11RFCD491000937 Alfa S.A. Aca S.A. 11 Mercedes Benz 29 1114/1990 AJU 392 9BM344014LB882803 Alfa S.A. Aca S.A. 12 Mercedes Benz 45 OF1318/51/1998 AOZ 927 9BM384088WB157564 Alfa S.A. Aca S.A. 13 Mercedes Benz 21 OF1318-Marcapolo/1998 AOZ 945 9BM384088WB152737 Alfa S.A. Aca S.A. 14 Mercedes Benz 43 1418-Nacional/1991 AUN 806 9BM383019MB515733 Alfa S.A. Aca S.A. 15 Mercedes Benz 26 1113/1986 ACG 622 3458812475227ACG622 Alfa S.A. Aca S.A. 16 Mercedes Benz 02 L1114/48/1990 ADT 576 9BM344014LB879943 Alfa S.A. Aca S.A. Art. 2º ESTABLECER una frecuencia del servicio de 10 minutos en el paso de cada unidad el cual será verificado por agentes de la PMT.---------------------------------------------------------- Art. 3º LA presente Ordenanza tiene vigencia de 4 años; según el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 17/2019.--------------------------------------------------------------------------------------------------- Art. 4º La presente ordenanza se regirá estrictamente a la Ordenanza Nº 17/2019 y su ampliación conforme a la ordenanza Nº 36/2019.------------------------------------------------------ Art. 5º Las empresas deberán comunicar a la Intendencia Municipal y remitir una copia a esta Junta Municipal de los cambios que realizaren en el parque automotor.---------------------------- Art. 6º QUEDAN derogadas todas las Ordenanzas y Resoluciones anteriores de habilitación de itinerario de la Empresa de Transporte y Turismo Fátima S.R.L. – Línea 11.------------------ Art. 7º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ Y NUEVE.---------------------------------------------------------------------- Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M. TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.----------------------------------------------------------- Prof. Rafael Zarate López Secretario Gral. Lic. Luis Fernando González Intendente Municipal