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ORDENANZAS DE LA JUNTA MUNICIPAL
ORDENANZA Nº 30/2.025 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA COMPETENCIA REGULATORIA DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 7445/2025, "DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DEL SERVICIO CIVIL"
Fecha de Emisión: 2026-03-17 21:47:38 PM
VISTO: el Proyecto de Ordenanza remitido por la Intendencia Municipal en base a las disposiciones de la “LA LEY N° 7.445/2025 “DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DEL SERVICIO CIVIL”. Y.--------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 2412/2025 de la Comisión Asesora de Legislación, Que, la Constitución Nacional, dispone, en su: “Artículo 166° DE LA AUTONOMÍA, Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos”. Que, la Ley N°7.445/2025 “DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DEL SERVICIO CIVIL”, establece, en lo pertinente: Que, el Decreto N° 4230/2025 “POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA COMPETENCIA REGULATORIA DE LAS AUTORIDADES DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 7445/2025, "DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DEL SERVICIO CIVIL", Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN”, establece las bases reglamentarias de la Ley 7445/2025 y dispone cuanto sigue: Artículo 2º Establécese que las instituciones públicas con autonomía constitucional, que no componen el ámbito del Poder Ejecutivo, se constituyen en autoridad de aplicación en materia de función pública. Artículo 3º “Las demás autoridades de aplicación en materia de función pública, de conformidad al artículo 146 de la Ley N° 7445/2025, deberán establecer la implementación gradual de la misma dentro de sus respectivas competencias”. Que, a partir de la vigencia de la Ley N° 7.445/2025, resulta imprescindible establecer las bases reglamentarias a nivel municipal, a fin de determinar los lineamientos normativos para su correcta interpretación e implementación. Que, dicha reglamentación, permitirá optimizar la implementación gradual en cuanto a la aplicación de la Ley N° 7445/2025, se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular.

Por tanto; 

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:

Art. 1º DISPONER que la Intendencia Municipal se constituya como autoridad de aplicación, en materia de la función pública que componen la Municipalidad de Capiatá, con facultad legal para la emisión de disposiciones administrativas y operativas, así como los reglamentos técnicos necesarios para la aplicación de la Ley N° 7445/2025, "De la Función Pública y del Servicio Civil" y su reglamentación correspondiente. Asimismo, la Junta Municipal, podrá ser autoridad de aplicación de la citada Ley en los asuntos vinculados a este órgano de gobierno.-----------------------------------------------------------------------------------------

Art. 2º FACÚLTASE a la Intendente Municipal a establecer la gradualidad de aplicación de los aspectos regulados en la Ley N° 7445/2025, en concordancia con las disposiciones presupuestarias vigentes. Donde deberá establecer la implementación gradual de la misma dentro las respectivas competencias municipales.------------------------------------------------------

Art. 3º DISPONER que el Intendente Municipal, se constituye como la autoridad rectora en materia de política de remuneraciones para las instituciones incluidas en el Presupuesto Municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 4º REMITIR copia al Ministerio de Economía y Finanzas a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM) y al Ministerio del Interior.-------------------------------------------------------

Art. 5º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS VEINTE Y DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y CINCO.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- 

Abg. Jorge Alberto Flores Bordón

Secretario Gral. J.M

Lic. Braulio Ramón Riquelme Ferreira

 Presidente J.M.

TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-----------------------------------------------------------

Prof. Rafael Zárate López

Secretario Gral.

Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera

Intendente Municipal

 


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