VISTO: la minuta presentada en forma escrita por los Concejales Municipales s/ Proyecto de Ordenanza para el ordenamiento del sentido de las calles de la ciudad. Y.-------------------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 1238/2.018 del Pleno Constituido en Comisión conforme al art. 77 de reglamento interno de la Junta Municipal, se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular.
REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:
Art. 1º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle Ramón Elías desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de norte a sur, hasta la calle Boquerón.----------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 2º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Boquerón y su continuación la calle Cerro Cora, desde su intersección con la calle Ramón Elías en dirección de oeste a este, hasta la calle Ex Combatiente Ladislao Bordón.-------------------------------------------------
Art. 3º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Presbítero Moreno, desde su intersección con la calle Sargento Dure en dirección de sur a norte hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 4º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Santo Domingo, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia hasta la calle Sargento Dure.--------------------
Art. 5º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle Martin Ledesma, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de norte a sur hasta la calle Boquerón.----------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 6º ESTABLECER la parada obligatoria del transporte público de pasajeros (colectivos) sobre la Calle Martin Ledesma en su intersección con la Calle Primer Intendente Municipal. Luis A. Rachit Fiandro.-------------------------------------------------------------------------------------
Art. 7º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle 1º de Marzo, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de norte a sur hasta calle Primer Intendente Municipal. Luis A. Rachit.----------------------------------------------------------
Art. 8º ESTABLECER el doble sentido de circulación sobre la Calle 1º de Marzo, desde su intersección con la calle Primer Intendente Municipal. Luis A. Rachit hasta la Calle Ytororo.-
Art. 9º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle Mcal. López, desde su intersección con la calle Ycua Cora hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 10º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle Coronel Toledo, desde la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de Norte a Sur hasta su intersección con la calle 3 de Febrero.-------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 11º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Cmte. Barreto desde su intersección con la Calle 3 de febrero en dirección de Sur a Norte hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 12º ESTABLECER el sentido único de circulación la Calle 3 de febrero, desde la Calle Cnel. Toledo en dirección de oeste a este hasta Avda. Dr. Pedro López Godoy.-------------------
Art. 13º ESTABLECER el doble sentido de circulación la Calle 3 de Febrero desde la Avda. Dr. Pedro López Godoy hasta la calle Juan de Rosa López.------------------------------------------
Art. 14º ESTABLECER el doble sentido de circulación la Avenida Dr. Pedro López Godoy, entre la Ruta Internacional Nº 1 Mariscal Francisco Solano López y la calle Independencia Nacional.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 15º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Independencia Nacional y su continuación la calle Ytororo, en dirección de este a oeste, desde la Calle Juan de Rosa López hasta la Calle Sto. Domingo.------------------------------------------------------------------------------
Art. 16º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Ex Combatiente Ladislao Bordón, desde su intersección con la calle Cerro Cora en dirección de sur a norte hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.------------------------------------------------------------------------------------
Art. 17º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Primer Intendente Municipal. Luis Alberto Rachit, desde su intersección con la calle Ex Combatiente Ladislao Bordón en dirección de este a oeste hasta la calle Martin Ledesma.---------------------------------
Art. 18º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Santero Cándido Rodríguez, entre la calle Ramón Elías y Pasaje Estadio Enrique Soler.-------------------------------------------
Art. 19º ESTABLECER el doble sentido de Circulación la Calle Monseñor Rubén Darío Céspedes entre la Ruta N II Mcal. José Félix Estigarribia hasta la Calle Ramón Elías.-----------
Art. 20º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Aurelio Gaona, entre la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia y la calle Gral. Bernardino Caballero.---------------------------------------
Art. 21º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Gral. Bernardino Caballero y su continuación con la calle Tte. 1º Riquelme desde la calle Aurelio Gaona en dirección de este a oeste hasta la calle Mbocayaty.--------------------------------------------------------------------
Art. 22º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Curupayty y su continuación la calle Tuyuti, desde la calle Mbokayaty en dirección oeste a este hasta la Calle Sgto. López Godoy.-----------------------------------------------------------------------------------------
Art. 23º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Sgto. López Godoy, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte hasta la calle Ex Combatiente Cayo Ramírez.---------------------------------------------------------------------------
Art. 24º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Sgto. Ferreira, desde su intersección con la calle Ex Combatiente Cayo Ramírez en dirección de norte a sur hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.------------------------------------------------------------------------------
Art. 25º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Ex Combatiente Cayo Ramírez desde su intersección con la Calle Emiliano Gabriaguez hasta Arroyo Capiatá.--------
Art. 26º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle Emiliano Gabriaguez, desde su intersección con la calle Tuyuti en dirección de sur a norte hasta la calle Estudiantes Capiateños.---------------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 27º ESTABLECER el sentido único de circulación la Calle Mcal. López, desde su intersección con la Ruta Nº2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte hasta la calle Tte. Juan Carlos Jara.---------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 28º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle De Las Residentas, entre las calles Tte. 1º Riquelme y Curupayty.---------------------------------------------------------------------
Art. 29º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle La Candelaria desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte hasta la calle Estudiantes Capiateños.------------------------------------------------------------------------------------
Art. 30º ESTABLECER el cierre de paso de la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en su intersección con la calle La Candelaria y 1º de Marzo.------------------------------------------------
Art. 31º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle 2 de Febrero, desde su intersección con la calle Estudiantes Capiateños en dirección de norte a sur hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.-------------------------------------------------------------------------------------------
Art. 32º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Venancio Trinidad, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte hasta la calle Estudiantes Capiateños.------------------------------------------------------------------------------------
Art. 33º ESTABLECER el cierre de paso de la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en su intersección con la calle Venancio Trinidad.------------------------------------------------------------
Art. 34º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Emiliano R. Fernández, entre la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia y la calle Estudiantes Capiateños.----------------------------
Art. 35º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Andrés Barbero, desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia en dirección de sur a norte hasta la calle Estudiantes Capiateños ------------------------------------------------------------------------------------
Art. 36º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle Prof. Carlos A. Rachit, desde su intersección con la calle Estudiantes Capiateños en dirección de norte a sur hasta la Ruta Nº 2 Mcal. Estigarribia.------------------------------------------------------------------------------
Art. 37º ESTABLECER el sentido único de circulación sobre la calle 1° de Noviembre en dirección de oeste a este desde la calle Prof. Carlos A. Rachit hasta la calle Emiliano R. Fernández; y como doble sentido de circulación sobre la calle 1º de Noviembre, desde su intersección con la calle Prof. Carlos A. Rachit hasta la calle Octaviano Maidana.---------------
Art. 38º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle San José en dirección de sur a norte desde su intercesión con la Ruta N° 2 Mcal. Estigarribia hasta la Calle San Antonio.---
Art. 39º ESTABLECER el sentido único de circulación la calle San Antonio en dirección de oeste a este y su continuación la calle Mbokayaty de sur a norte hasta la calle 1° de Noviembre.--------- -----------------------------------------------------------------------------------------
Art. 40º ESTABLECER el doble sentido de circulación la calle Mbokayaty en dirección de sur a norte desde 1° de Noviembre hasta Estudiantes Capiateños.-----------------------------------
Art. 41º ESTABLECER La Obligatoriedad para todos los Transportes Pesados, Transporte Público de Pasajeros ( Colectivos) y Transporte Selectivo de Pasajeros ( Transporte Escolar) en circulación sobre la Avenida Pedro López Godoy en dirección de Sur a Norte del uso de la calle 3 de Febrero y así conectar con la calle Cmte. Barreto.-----------------------------------------
Art. 42º PROHIBIR el giro a la izquierda sobre la Calle Ycua Cora para todos los Transportes Pesados, Transporte Público de Pasajeros (Colectivos) y Transporte Selectivo de Pasajeros (Transporte Escolar) que circulen sobre la Calle Coronel Toledo, dichos transportes deberán continuar sobre la calle Coronel Toledo hasta la calle 3 de Febrero y así conectar con la Avda. Dr. Pedro López Godoy.------------------------------------------------------------------------
Art. 43º PROHIBIR el estacionamiento vehicular a la derecha conforme al sentido de circulación de las calles en aquellas de sentido único, a excepción de las paradas de taxis inc. a) PARADA Nº 2 de la calle Sgto. Agustín Ferreira donde se permite el Estacionamiento del lado Derecho entre su intersección con la calle Gral. Bernardino Caballero y la Ruta Nº 2 Mariscal Estigarribia. inc: b) PARADA Nº 9 de la calle La Candelaria donde se permite el estacionamiento del Lado Derecho entre su intersección con la Ruta Nº 2 Mariscal Estigarribia y la calle Teniente 1º Riquelme. inc. c) PARADA Nº 26 de la Calle Emiliano R. Fernández de doble sentido de circulación donde se permite el estacionamiento del lado Derecho con dirección de Sur a Norte desde su intersección con la Ruta Nº 2 Mariscal Estigarribia y la calle 1º Noviembre.---------------------------------------------------------------------
Art. 44º PROHIBIR el estacionamiento vehicular en ambos lados (izquierdo y derecho) en las calles de Doble Sentido de Circulación.------------------------------------------------------------
Art. 45º DEROGAR todas las disposiciones contrarias a la presente Ordenanza.----------------
Art. 46º º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.---
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS DIEZ Y OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ Y OCHO.-----------------------------------------------------------------------
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Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. Adj. J.M. |
Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M |
TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-------------------------------
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Prof. Rafael Zarate López Secretario Gral. |
Luis Fernando González O. Intendente Municipal |