DE IMPUESTO INMOBILIARIO, IMPUESTO A LA PATENTE DE RODADOS, IMPUESTO A LA PATENTE COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS CON CARÁCTER GENERAL A TODOS LOS CONTRIBUYENTES MOROSOS, PARA LOS IMPUESTOS VENCIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2025 Y OTORGA QUITA DE LAS MULTAS DE LOS TRIBUTOS VENCIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL 2025
VISTO: la IMC Nº 766/2025 s/ remisión de proyecto de Ordenanza “Por la cual se dispone la prórroga de plazo para el pago sin multa de tributos municipales de Impuesto Inmobiliario, impuesto a la Patente de Rodados, Impuesto a la Patente Comercial, Industria y de Servicios con carácter general a todos los contribuyentes morosos, para los ejercicios vencidos en el Ejercicio Fiscal 2025” y otorga quita de las multas de los tributos vencidos en el Ejercicio Fiscal 2025, dentro del Municipio de Capiatá; por el cual solicita se active el mecanismo de incentivo tributario previsto en los artículos 34, 35 y 100 de la Ordenanza Municipal N°18/2024 "QUE APRUEBA LA ORDENANZA GENERAL TRIBUTOS Y OTROS RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CAPIATA PARA EJERCICIO FISCAL 2025", que prevé la posibilidad de prorrogar el plazo de vencimiento para el pago sin multa del Impuesto Inmobiliario y de tributos en general. Que, en ese sentido, el artículo 166 de la Constitución Nacional establece: Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos. Y.-------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 2023/2025 de las Comisiones Asesoras de Legislación y de Hacienda y Presupuesto, se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular. Considerando la necesidad de fortalecer la recaudación de la comuna a esta altura del año, asimismo por la ventaja que resultará para los contribuyentes, sumados a otros factores de incidencia social y económica de carácter nacional y local, se justifica la adopción de medidas de incentivo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, dentro de lo permitido por el régimen normativo nacional y local, por lo que corresponde hacer lugar a lo solicitado por la Intendencia Municipal. Que, el planteamiento concreto está contenido en la CARTA INTERNA N°11/2025, emanada de la Contabilidad General de la institución y que dice: “Por la presente solicito tenga a bien de emitir una opinión técnica jurídica y un plan de acción con respecto al Plan de Recaudación de Tributos Morosos, en concepto de Impuesto Inmobiliario, Impuesto a la Patente de Rodados e Impuesto a la Patente Comercial Industrial y de Servicios”.
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:
Art. 1º APROBAR en General y en Particular el Proyecto de Ordenanza Por la cual se dispone la prórroga del plazo para el pago sin multa de tributos municipales de impuesto inmobiliario, impuesto a la patente de rodados, impuesto a la patente comercial, industrial y de servicios con carácter general a todos los contribuyentes morosos, para los impuestos vencidos en el Ejercicio Fiscal 2025 y otorga quita de las multas de los tributos vencidos en el Ejercicio Fiscal 2025.------------------------------------------------------------------------------------
Art. 2º ESTABLECER la Prorrogar el plazo de pago de los impuestos: a) Impuesto Inmobiliario, b) Impuesto a la Patente de Rodados, c) Impuesto a la Patente Comercial Industrial y de Servicios, con carácter general a todos los contribuyentes morosos, para los impuestos vencidos en el Ejercicio Fiscal 2025.--------------------------------------------------------
Art. 3º OTORGAR con carácter general a todos los contribuyentes morosos, la quita de las multas de los tributos vencidos en el ejercicio fiscal 2025--------------------------------------------
Art. 4º El Plan de Recaudación de Tributos Morosos, abarcará el periodo comprendido entre el 01 de setiembre al 31 de octubre de 2025, prorrogable si fuere necesario al 31/12/2025.-----
Art. 5º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y CINCO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
Sr. Nelson Celestino Alonso Gómez Secretario Gral. Interino J.M |
Ing. Roberto Fernando Jiménez Ayala Presidente J.M. |
TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-----------------------------------------------------------
|
Prof. Rafael Zárate López Secretario Gral. |
Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera Intendente Municipal |