VISTO: la Nota caratulado Empresa de Transporte y Turismo San Miguel 29 de Setiembre S.A. – Linea 79 s/ solicitud de renovación de itinerario (Exp. JM Nº 1162/2024). Y.------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 1161/2024 de las Comisión Asesora de Transporte Público y Transito se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular.

Por tanto;

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:

Art. 1º de la Empresa de Transporte y Turismo San Miguel 29 de Septiembre S.A. – Línea 79, en los siguientes tramos: Tramo 1: Villa: Partiendo de Ruta Nº 1 km 23 Cñia. 7 Posta Ybyraro giro a la derecha semáforo – Avda. Rojas Cañada – Giro a la derecha Villa Nueva Esperanza – Asentamiento 12 de Junio – Asentamiento San Martin –Asentamiento el San Salvador – Asentamiento El Progreso – Cementerio Paso de Oro – Barrio San Cayetano y San Vicente y Viceversa. Tramo 2: Paso de oro Ruta Nº 1 km 23 Cñia. 7 Posta Ybyraro giro a la derecha Semáforo – Avda. Rojas Cañada Capiatá – Ypane hasta la Iglesia Adventista de Ypane y viceversa, conforme a la siguiente flota de vehículos: 12 vehículos habilitados, conforme al listado presentado:

Nº Orden

Marca

Modelo

Año Fab.

Matricula

Chasis

01

Mercedes Benz

815

1999

BSG 838

WDB9700151K447158

04

Mercedes Benz

1318

1995

AUG 112

9BM384098LB875622

05

Mercedes Benz

OF 1318

1997

ALF 584

9BM384088KB864778

07

Mercedes Benz

OF 1418

2006

BRV 037

9BM3840676b479883

13

Mercedes Benz

OF 1318

1995

AXU 811

9BM384098MB922555

14

Mercedes Benz

1115

1991

AKU 256

9BM384091MB915535

19

Mercedes Benz

1414

1997

ALT 060

9BM384014VB122870

20

Mercedes Benz

OF 1417

2003

BLZ 900

9BM3840673B353660

23

Mercedes Benz

814

2006

XAU 619

WDB6703231N122144

27

Mercedes Benz

OF 1418

2003

KAX 435

9BM3840673B343323

35

Mercedes Benz

167 OF 1417

2005

BPP 870

9BM3840675B426942

26

Mercedes Benz

1315

1996

AAA 246

9BM384098MB918043

Art. 2º ESTABLECER una frecuencia del servicio de 10 minutos en el paso de cada unidad el cual será verificado por agentes de la PMT.----------------------------------------------------------

Art. 3º LA presente Ordenanza tendrá una vigencia de 4 años (prorrogable).---------------------

Art. 4º La presente ordenanza se regirá estrictamente a la Ordenanza Nº 17/2019 y sus ampliaciones conforme a la Ordenanza Nº 36/2019 y la Ordenanza Nº 08/2022.------------------

Art. 5º La empresa deberá comunicar a la Intendencia Municipal y remitir una copia a esta Junta Municipal de los cambios que realizaren en el parque automotor.----------------------------

Art. 6º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y CUATRO.-------

Jorge Alberto Flores Bordón

Secretario Gral. J.M.

Braulio Ramón Riquelme Ferreira

Presidente J.M.

TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-

Prof. Rafael Zarate López

Secretario Gral.

Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera

Intendente Municipal