VISTO: el Exp. JM Nº 823/2023 s/ solicitud de modificación de la Ordenanza Nº 32/2022 en su artículo 19º en el inc. 3. Y.--------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 665/2023 de las Comisiones Asesoras de Legislación y de Infraestructura Pública y Servicios se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular.

Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA: Art. 1º MODIFICAR la Ordenanza Nº 32/2022 “Por la Cual se Reglamenta la Habilitación, el Uso, Conservación, Cuidado y Funcionamiento del Camposanto Municipal “Brisas Del Sur” de la Ciudad de Capiatá”, en su Art. 19º del inciso 3 de la presente; quedando de la siguiente manera: “Art. 19º LOS INTERESADOS en el usufructo de lotes en EL CAMPOSANTO deberán presentar a la Municipalidad una solicitud que deberá reunir los siguientes requisitos: 1) Fotocopia del Documento de identidad del solicitante; 2) El informe del administrador, sobre la disponibilidad, ubicación, dimensiones y linderos del lote y si tiene algún tipo de ocupación.----------------------------------------------------------------------------- Art. 2º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y TRES.-------- Pedro Lorenzo Aguilar Sosa Secretario Gral. Adj. J.M Bernardo Ramón Sosa Viveros Presidente J.M. TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.- Prof. Rafael Zarate López Secretario Gral. Lic. José Manuel Riquelme Ríos Intendente Interino