POR LA CUAL SE MODIFICA ORDENANZA Nº 13/2024 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES VECINALES, COORDINADORA DE COMISIONES VECINALES Y OTRAS FORMAS DE ORGANIZACIONES DENTRO DEL MUNICIPIO DE CAPIATÁ”, EN SU ARTÍCULO 15º DEL INC. D).---------------------------------------------------------------------
VISTO: el Exp. JM Nº 1.470/2025 s/ solicitud de modificación de la Ordenanza Nº 13/2024, en su artículo 15º en el inc. d). Y.----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: Que en el Dictamen Nº 1.805/2025 de la Comisión Asesora de Legislación se informó sobre el trámite dado al citado en el VISTO de la presente, así como sobre los estudios realizados sobre el particular.
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATÁ REUNIDA EN CONSEJO ORDENA:
Art. 1º MODIFICAR la Ordenanza Nº 13/2024 “Por la cual se Reglamenta la Creación y Funcionamiento de las Comisiones Vecinales, Coordinadora de Comisiones Vecinales y otras formas de Organizaciones dentro del Municipio de Capiatá”, en su Art. 15º del inciso d), quedando de la siguiente manera: “Art. 15°. Todos los vecinos residentes dentro del área de gestión o jurisdicción de una Comisión Vecinal, tienen derecho a asistir a todas las reuniones, asambleas, eventos o encuentros que dicha Comisión lleve a cabo, conforme con las siguientes pautas: d) Todos los Miembros electos de la Comisión Vecinal deberán ser vecinos residentes dentro del área de influencia, dicha residencia se demostrará remitiendo a la Intendencia Municipal, la lista de los miembros electos, fotocopia de sus cédulas de identidad. Estos requisitos serán definitivos, inapelables y excluyentes”.---------------------------------------
Art. 2º COMUNIQUESE a la Intendencia Municipal, publíquese y cumplido archívese.------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CAPIATA, A LOS VEINTE Y NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y CINCO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Abg. Jorge Alberto Flores Bordón Secretario Gral. J.M |
Ing. Roberto Fernando Jiménez Ayala Presidente J.M. |
TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL, ENVIESE TRES EJEMPLARES AL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUEDANDO SANCIONADA LA MISMA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 43 DE LA LEY 3966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.-----------------------------------------------------------
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Prof. Rafael Zárate López Secretario Gral. |
Abg. Laura Cristina Gamarra de Talavera Intendente Municipal |